Solicitud de ingreso SEdO – Categoría miembro Internacional

Fecha límite de envío de solicitudes: 31 de marzo de 2024

Idioma: Inglés / English

El período para el envío de solicitudes ha caducado


La solicitud de ingreso será estudiada por la Comisión de Miembros para comprobar que es correcta, y posteriormente, será aprobada en la Asamblea General Ordinaria que se celebrará el próximo 7 de junio de 2024, que será cuando tenga lugar el 70 Congreso SEdO Gran Canaria 2024.

Se informará por correo electrónico si la solicitud ha sido finalmente aprobada una vez haya finalizado el 70 Congreso.

Para cualquier consulta o aclaración contactar con la Secretaría de la SEdO:


Correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Teléfono +34 91 344 19 58.


Estatutos


De los miembros Internacionales

ART. 26.

La admisión de los Miembros Internacionales estará sujeta a las siguientes condiciones:

  • a) Acreditar su condición de especialista de Ortodoncia en su país de origen.
  • b) Presentar una solicitud de admisión avalada por dos Miembros Titulares o Diplomados y una carta de presentación de uno de ellos.
  • c) La admisión será decidida por la Asamblea General de la Reunión Anual, mediante votación mayoritaria, previo informe favorable de la Comisión de Miembros.
  • d) Abonar la cuota de ingreso correspondiente.

ART. 27.

Los derechos de los Miembros Internacionales son los siguientes:

  • a) Asistir a las actividades académicas, científicas y profesionales de la Sociedad, en las condiciones establecidas en cada caso.
  • b) Participar en las actividades académicas, científicas y profesionales de la Sociedad que la misma determine para esta categoría de miembros.
  • c) Asistir a la Asamblea General con derecho a voz pero sin ejercicio de voto.
  • d) Recibir las publicaciones de la Sociedad.

ART. 28.

Las obligaciones de los Miembros Internacionales son las siguientes:

  • a) Abonar la cuota anual que le corresponda.
  • b) Cumplir las normas éticas contenidas en el Código Deontológico.
  • c) Cumplir los Estatutos.

ART. 29.

El Miembro Internacional causará baja cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  • a) Incumplimiento de sus obligaciones estatutarias.
  • b) Incumplimiento de algunas de las circunstancias de admisión.
  • c) Incumplimiento de las normas éticas contenidas en el Código Deontológico.

10th International Orthodontic Congress

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E-mail: sedo@sedo.es
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